El cargo directivo de presidente (a) se encuentra definido en concordancia a la estructura de Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET aprobada en el Estatuto de la Organización Sindical y su actuar en el Código de Ética y comportamiento Sindical.
Artículo 30. FUNCIONES DEL PRESIDENTE: El Presidente de la Junta Directiva tiene la representación legal del SUNET y sus funciones son:
1. Celebrar contratos, convenios y otorgar poderes sin previa autorización de la Junta Directiva nacional hasta por treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y con previa autorización de la Junta Directiva lo que exceda ese valor y sin pasar de sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Presidir las sesiones de la Asamblea Nacional de delegados y de la Junta Directiva y proponer el orden del día de las respectivas sesiones de la Asamblea Nacional y dirigir los debates.
3. Convocar a la Junta Directiva a sesiones ordinarias o extraordinarias previa citación a los dignatarios por conducto de la Secretaría General.
4. Rendir trimestralmente un informe a la Junta Directiva de sus labores y dar cuenta a ésta y a la Asamblea Nacional de toda información que le sea solicitada por razón de sus funciones.
5. Informar a la Junta Directiva de las fallas cometidas por los afiliados, a fin que se impongan las sanciones a que haya lugar, de acuerdo con este estatuto.
6. Firmar las actas una vez aprobadas.
7. Firmar toda orden de retiros de fondos y de gastos en asocio del tesorero, informando al fiscal cuando el valor supere los treinta (30) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
8. Comunicar a las autoridades correspondientes, en asocio del secretario general, los cambios totales o parciales que ocurrieren en la junta directiva.
9. Aprobar en primera instancia conjuntamente con el Secretario General, la afiliación de nuevos afiliados y afiliadas.
10. Poner en funcionamiento y coordinar comisiones accidentales que decida la Junta Directiva o la Asamblea Nacional de Delegados (as).
11. Promover la elaboración e implementación del Plan Estratégico Sindical.
12. Asistir, en representación del SUNET, a la Junta Nacional de la CUT, y a las demás instancias en que se requiera su presencia. En cualquier caso, podrá delegar la participación y representación en algún miembro de la Junta Directiva Nacional de acuerdo al tema correspondiente
13. Las demás funciones que le asigne la asamblea general, siempre y cuando no sean funciones que le competan a los demás miembros de la junta directiva.
La carta de navegación de todo directivo sindical se rige por la formulación y adopción de un adecuado Plan de Acción Anual de Gestión, donde se plasman los objetivos y a cumplir para garantizar los fines de la Organización Sindical. Es por ello que la presidencia de la Junta Directiva se rige por las siguientes bases:
Participar activamente en la difusión de la política de comunicaciones y seguridad de la información de SUNET como herramienta educacional y de fortalecimiento de la unidad y dinamismo sindical para la vigencia 2024 a 2032.
Promover y participar activamente de las campañas adelantadas en el año 2025, en pro de los derechos de la Mujer y la equidad de género y así garantizar los mismos a través del reconocimiento y respecto a su valioso papel en la sociedad como actor principal de la construcción de tejido social.
Participar en los eventos departamentales, nacionales e internacionales donde se promuevan las políticas de preservación y respeto a los derechos de los trabajadores del Sector Público.
Participar de las mesas de trabajo locales, departamentales y nacionales planteadas en la vigencia fiscal 2025, frente a las temáticas de reestructuración de plantas de personal, reducción personal indirecto (OPS) y acceso meritocrático a los empleos públicos (Ley 1800/2019), procesos de construcción de la Reforma Laboral o Estatuto del trabajo (Circular 003 de MINTRABAJO).
Fomentar la unidad sindical del SUNET Cota mediante el mejoramiento de los instrumentos de comunicación efectiva dada la política direccionada por SUNET Cundinamarca, el Código de Ética y comportamiento Sindical, para el desarrollo de las actividades de educación, bienestar cultural, deportivo y social de sus afiliados.
Acompañar y orientar a los compañeros trabajadores oficiales en la preparación, sustentación y presentación de un Pliego de peticiones nuevo para ratificar y mejorar la actual Convención colectiva celebrada con EMSERCOTA SA ESP.
Participar activamente durante la vigencia fiscal 2025 en los procesos internos a la organización sindical, en los que se requiera dar cumplimiento a las funciones propias de los cargos de la Junta directiva departamental y nacional del SUNET durante periodo 2025 a 2026.
En virtud a las competencias y obligaciones estatutarias adquiridas con los compañeros y compañeras afiliados, el presidente y demás miembros de la Junta Directiva de la Subdirectiva Cota, rinden anualmente, en el escenario de la primera Asamblea Ordinaria de cada periodo fiscal, el informe de gestión administrativa y financiera correspondiente.
AÑO 2021
AÑO 2022
AÑO 2023
AÑO 2024
SUNET Subdirectiva Cota
Calle 26 51 -53 Torre Beneficencia local 111
Gobernación de Cundinamarca
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