PRESIDENTE
Artículo 30. FUNCIONES DEL PRESIDENTE: El Presidente de la Junta Directiva tiene la representación legal del SUNET y sus funciones son:
1. Celebrar contratos, convenios y otorgar poderes sin previa autorización de la Junta Directiva nacional hasta por treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y con previa autorización de la Junta Directiva lo que exceda ese valor y sin pasar de sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Presidir las sesiones de la Asamblea Nacional de delegados y de la Junta Directiva y proponer el orden del día de las respectivas sesiones de la Asamblea Nacional y dirigir los debates.
3. Convocar a la Junta Directiva a sesiones ordinarias o extraordinarias previa citación a los dignatarios por conducto de la Secretaría General.
4. Rendir trimestralmente un informe a la Junta Directiva de sus labores y dar cuenta a ésta y a la Asamblea Nacional de toda información que le sea solicitada por razón de sus funciones.
5. Informar a la Junta Directiva de las fallas cometidas por los afiliados, a fin que se impongan las sanciones a que haya lugar, de acuerdo con este estatuto.
6. Firmar las actas una vez aprobadas.
7. Firmar toda orden de retiros de fondos y de gastos en asocio del tesorero, informando al fiscal cuando el valor supere los treinta (30) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
8. Comunicar a las autoridades correspondientes, en asocio del secretario general, los cambios totales o parciales que ocurrieren en la junta directiva.
9. Aprobar en primera instancia conjuntamente con el Secretario General, la afiliación de nuevos afiliados y afiliadas.
10. Poner en funcionamiento y coordinar comisiones accidentales que decida la Junta Directiva o la Asamblea Nacional de Delegados (as).
11. Promover la elaboración e implementación del Plan Estratégico Sindical.
12. Asistir, en representación del SUNET, a la Junta Nacional de la CUT, y a las demás instancias en que se requiera su presencia. En cualquier caso, podrá delegar la participación y representación en algún miembro de la Junta Directiva Nacional de acuerdo al tema correspondiente
13. Las demás funciones que le asigne la asamblea general, siempre y cuando no sean funciones que le competan a los demás miembros de la junta directiva.
¡Afíliate yá !
SUNET Subdirectiva Cota
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Gobernación de Cundinamarca
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