SECRETARIA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Artículo 43. Son funciones de la Secretaría de Salud y Seguridad Social Integral:
1. Promover la política de salud, seguridad social integral, emanadas del plan estratégico del SUNET y programas de integración tendientes a fortalecer lazos de confraternidad con los afiliados.
2. Diseñar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo del SUNET y coordinar con los delegados de los COPASST su implementación.
3. Desarrollar alianzas con organizaciones sociales que permitan brindarle a los afiliados (as) programas de atención a sus necesidades básicas en materia de salud y seguridad social integral.
4. Diseñar e implementar programas y servicios en materia de salud y seguridad social integral, que promuevan la participación activa de los afiliados (as), que signifiquen un mejoramiento de su calidad de vida.
5. Promover la extensión real y efectiva de la salud y seguridad social integral, al interior de los sectores con mayor vulnerabilidad.
6. Promover la garantía de los derechos de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas y la eliminación del acoso laboral.
7. Incentivar la partición activa y eficiente de afiliados de SUNET en los Comités paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Comité de Convivencia Laboral.
8. Incentivar procesos y estrategias orientadas a lograr que las entidades y/o empresas en las que estén vinculados afiliados (as) de SUNET se implementen acciones inherentes a salario emocional.
¡Afíliate yá !
SUNET Subdirectiva Cota
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